El Supremo toma decisiones sobre las quejas de Bekim Haxhi y Kryeziu sobre recuento de votos

El Tribunal Supremo ha rechazado sin fundamento las denuncias de candidatos a diputados del Partido Democrático de Kosovo, Bekim Haxhiu y Kryeziu, que habían solicitado intervención en los resultados finales de las elecciones.
En sus decisiones, el Supremo ha estimado que las reclamaciones de candidatos no estaban respaldadas con pruebas suficientes que justificarían el recuento completo de los votos preferenciales de los candidatos del PDK
Bekim Haxhiu había pedido relatar el voto en las encuestas que no estaban incluidas en la muestra de votación de 185, alegando irregularidades en el proceso de conteo. Sin embargo, la Corte ha determinado que las correcciones registradas durante el recuento fueron esporádicas y no indicaron irregularidades sistemáticas que violarían el resultado de las elecciones.
Mientras que la postura de Kryeziu había pedido un recuento completo de los votos preferenciales de los candidatos del PDK y la suspensión de los certificados de resultados, planteando preocupaciones acerca de la credibilidad del proceso de conteo.
El Supremei ha estimado que el informe de la CEC sobre el recuento de 185 encuestas no dio testimonio de la existencia de irregularidades sistemáticas y que las reclamaciones presentadas no constituían motivos legales para cambiar los resultados finales.
El tribunal también ha rechazado otras tres denuncias administrativas presentadas a las decisiones del PZAP sobre los resultados de las elecciones finales.
Comunicación completa:
El Tribunal Supremo rechaza las denuncias administrativas presentadas contra las decisiones del PZAP como infundadas
El Tribunal Supremo de Kosovo ha pronunciado sobre las cinco denuncias administrativas presentadas contra las decisiones del grupo electoral de Ases y Parashta, relativas a los resultados finales de las elecciones parlamentarias para la Asamblea de la República de Kosovo.
Todas las denuncias se han negado como infundadas.
Con la condena AA.n.29/2026, el Tribunal Supremo ha rechazado la denuncia de la Lista serbia presentada contra la decisión PZAP, ZP.Anr.56/2026.
La lista serbia reclamaba el tema político <x1 título I ) Za Slobodu, Pravdu de Opstanak correspondíax2 título <x0 títulos, había asegurado el mandato reservado para la comunidad serbia principalmente a través de votos ganados en municipios albaneses y escaños mayoritarios, violando, según ella, el objetivo constitucional de la representación auténtica de la comunidad serbia.
The Supreme Court estimates that these claims are groundless. El tribunal subraya que, con arreglo a la Constitución de la República de Kosovo y la Ley de elecciones generales, el voto es personal, igual, libre y secreto, y que la lista de votantes no contiene datos sobre la afiliación de votantes étnicos. En consecuencia, no hay fundamento jurídico para que la validez o el efecto jurídico de un voto dependa de la afiliación étnica de los votantes o de la estructura demográfica del acuerdo que se da.
The court also finds that the complainer has not presented concrete evidence that would prove vote manipulation or any other election irregularities that would affect the election outcome. Las reclamaciones presentadas se basaron en hipótesis y comparaciones estadísticas, que, según la Corte, no constituyen una base jurídica para la injerencia en los resultados electorales. Además, la Corte estima que el tema político que había ganado el mandato controvertido está sujeto a la representación de la comunidad serbia, por lo que no puede considerarse que haya violado el mecanismo constitucional de los países garantizados.
Bajo la ley AA.nr.30/2026, el Tribunal Supremo ha rechazado la denuncia de un candidato, Emily Rexhepi, del sujeto político Nova Democraticska Stranka <x0 título, presentada contra la decisión PZAP, Z.A.A.57/2026.
The complainer had rejected the PZAP decision, claiming there was a gap between the demographic structure of the settlement and the election result, demanding the annulment of these vote for the effect of distributing the mandate guaranteed for the Bosniak community.
The court estimates that the complaint claims rely on statistical and demographic interpretations, which do not constitute legal grounds to question the validity of vote or election results. La legislación electoral de la República de Kosovo no prevé la estructura étnica de la población como criterio para evaluar la legitimidad de los resultados electorales o electorales.
Asimismo, la Corte subraya que la lista de votantes no contiene datos sobre la afiliación de votantes étnicos, mientras que la Comisión Electoral Central no recopila, gestiona ni procesa esos datos. As a result, there is no legal basis for the invalid declaration of assumeds about ethnic voter affiliation.
The Supreme Court College estimates that the complainer has not presented clear and convinced evidence that would prove vote manipulation, intervention in the voting process, breaching the security chain or violating election procedures, as required by the Law for General Elections.
Con la AA.ngence,31/2026, el Tribunal Supremo ha rechazado la denuncia de un candidato, Emily Rexhepi, del sujeto político Nova Democraticska Stranka <x0 título, presentada contra la decisión PZAP, ZP.N.58/2026.
El reclamante había pedido que se verificara la legalidad del uso de los votos ganados por el sujeto político Za Slobodu, Pravdu de Opstanak, en seis mesas electorales del municipio de Prizren, alegando que esos votos se realizaron en asentamientos comunitarios predominantemente bosnios y que esto debería verificarse en función de proteger los lugares garantizados para la comunidad serbia.
El Tribunal Supremo reconoce que la decisión PZAP es justa y basada en la ley. Esto, ya que la legislación electoral no vincula la validez del voto a la pertenencia étnica de los votantes, y que no hay base constitucional o legal para que los votos sean evaluados sobre la base de la estructura étnica de un acuerdo. Según el Tribunal, el derecho de voto es individual y todo ciudadano es libre de votar por el sujeto político que elige, independientemente de su pertenencia étnica.
El tribunal recuerda que la Constitución garantiza simultáneamente el derecho de voto individual y el mecanismo de los escaños garantizados para las comunidades no pertenecientes a la mayoría, pero estas garantías no autorizan a los órganos o tribunales electorales a clasificar los votos según la filiación de los votantes étnicos o a extraer conclusiones sobre su validez sobre la base de datos demográficos.
Asimismo, la Corte considera que el reclamante no había presentado pruebas concretas para la manipulación de la votación, la injerencia en los materiales electorales o cualquier otra violación del proceso electoral. La controversia estadística entre la estructura demográfica de los asentamientos y el número de votos ganados por un sujeto político, a falta de pruebas de irregularidades electorales y de una base jurídica clara, no puede producir consecuencias jurídicas sobre la validez de votos o los resultados electorales.
Por el acto de AA.n.32/2026, el Tribunal Supremo ha rechazado la denuncia como infundada.
Bekim Haxhiu, candidato del MP en la Asamblea de la República de Kosovo, del tema político: El Partido Democrático de Kosovo (Partido Democrático de Kosovo) presentó contra la decisión PZAP, ZP.Anr.54/2026.
Bekim Haxhiu había afirmado que su decisión El PZAP se tomó sobre la base de la conclusión errónea e incompleta de la situación real, la aplicación incorrecta de los derechos materiales y los procedimientos electorales, así como la violación de sus derechos constitucionales a elegir, la igualdad procesal y el derecho a medios jurídicos eficaces. Había pedido el recuento completo de los votos preferenciales de los candidatos del PDK en las encuestas que no estaban incluidas en la muestra de votación de 185.
El Tribunal Supremo estima que el denunciante no había presentado pruebas suficientes que justificaran el recuento completo, mientras que el informe de la Comisión Electoral Central no proporcionaba suficientes motivos para el recuento de 185 despliegues.
El tribunal estima que las correcciones enumeradas o reflejadas en el informe no constituyen una base objetiva para concluir que el proceso de contabilización se caracteriza por irregularidades sistemáticas. La naturaleza y distribución de estas correcciones muestran que han sido dispares y no han alcanzado tal intensidad que afectaría la fiabilidad del resultado final o la integridad del proceso de conteo.
Con el AA.n. 233/2026 condena, el Tribunal Supremo ha rechazado la denuncia como infundada.
El candidato para el diputado Kryeziu, del sujeto político el Partido Democrático de Kosovo, con sede en Pristina, presentado en contra de la decisión PZAP, ZP.A.Ar.55/2026.
La postura de Kryeziu alegó que PZAP había abordado erróneamente su denuncia como casos ya juzgados, aunque, según él, la queja planteaba una cuestión más amplia respecto de la credibilidad del resultado final de la lista de PDK. Sostuvo que el hecho de que los cambios se registraran en 90 de los 110 candidatos del PDK, mientras que sólo una pequeña parte del voto había sido verificada, planteaba dudas sobre la exactitud del resultado final. También afirmó que el informe de la CEC demostraba la existencia de un defecto sistemático en el proceso de contabilización inicial, así como la recuento total de los votos preferenciales de los candidatos al PDK y la suspensión de los resultados electorales hasta el resultado de este proceso.
Al revisar la documentación del tema, el Tribunal Supremo consideró que PZAP había examinado regularmente las alegaciones del denunciante y había llegado a la conclusión de que la denuncia era infundada. The court estimates the submitted claims were based on the same data and recount results that had been the subject of the review even before, while the CEC report did not prove the existence of systematic irregularities that would impose full recount of the vote. Además, se estimó que el recuento de 185 despliegues se llevó a cabo en el marco de mecanismos de control preventivo con legislación electoral, en lugar de debido a la consistencia de irregularidades sistemáticas en el proceso de conteo.
Por lo tanto, el Tribunal Supremo estima que las decisiones del PZAP se han tomado de conformidad con la Constitución y la Ley No 08/L-228 para las elecciones generales en la República de Kosovo y que las quejas no se han respaldado con pruebas convincentes que justificarían la intervención en los resultados electorales finales.Periscope










