Supreme niega la llamada para relatar votos dentro del partido Qendrim Kryeziu de PDK

El Tribunal Supremo de Kosovo se ha negado a presentar al candidato a la queja del diputado del Partido Demócrata de Kosovo, la posición Kryeziu, que había pedido el recuento completo de los votos preferenciales de los candidatos del PDK del país.
El Supremo ha estimado que el PZAP ha actuado justamente en relación con la queja de Kryeziu.
La permanencia de Kryeziu había presentado una denuncia ante el Tribunal Supremo, exigiendo una recuento total de los votos preferenciales dentro de su tema político en las elecciones del 7 de junio.
Según él, el proceso de recuento, ordenado anteriormente por la Comisión Electoral Central, ha puesto de relieve la inexactitud en el recuento inicial de votos en los centros municipales de conteo.
Como resultado, el Tribunal Supremo estima que el PZAP ha decidido correctamente la negativa a apelar al denunciante, el candidato del Parlamento de Kosovo, Kryeziu, por el Partido Democrático de Kosovo, y que se refiere a la disposición del artículo 118.1 de LZP, donde se define que: " Se aceptan las quejas basadas en hechos " y se rechazan las quejas que no cumplen con el artículo 1 " . El PZAP generalmente puede rechazar una queja o un grupo de seis denuncias si no presentan casos de prima facie, o donde el grupo de quejas o quejas es evidentemente infundado correctamente no se aplica a los mismos. También con el Artículo 117.3 del LZP, se determina que: La presentación de quejas por PZAP se basa en pruebas claras y convincentes realizadasx7 confianza.
Sobre esta base, este tribunal ha considerado reclamaciones no basadas en el PZAP que el PZAP ha rechazado la denuncia al descuidar el principio de la integridad del proceso electoral al referirse a la falta de exactitud de los votos ganados por el candidato, ya que en el caso concreto no se ha presentado ninguna prueba clara y convincente por presuntas violaciones, por lo que P. The ZAP has rightly rejected the complaint as unfounded. Dada la situación confirmada por los hechos, el Tribunal consideró que, en este caso judicial, la situación real se ha demostrado directamente y la ley no ha sido violada a expensas de la denuncia, por lo que las denuncias han sido rechazadas como infundadas. Se trata de la manera en que no demostraron que cumplieron las causas por las que se podían presentar denuncias para presentar nuevos hechos en el lado interesado, y no se encontraron delitos de procedimiento, ni ningún error real que afecta los derechos de la parte o la legalidad del procedimiento aplicadox0 título, dice la decisión Suprema. / Periscopi/











