Presidencia: La decisión confirma que Osmani no ha cometido violaciones constitucionales inmediatamente al nuevo período de sesiones

El Presidente de Kosovo Vjosa Osmani ha acogido con beneplácito el acto del Tribunal Constitucional en los casos de KO 72/26 y KO 74/26, destacando que la decisión confirma que no ha cometido violaciones constitucionales. La respuesta de la presidencia confirmó los argumentos legales presentados por esta institución, aclarando los plazos constitucionales para la elección de [...]
La respuesta de la presidencia confirmó los argumentos legales presentados por la institución, aclarando también los plazos constitucionales para la elección del presidente.
En virtud de la decisión, el plazo de 60 días debe completarse antes de ese plazo de 30 días, considerado definitivo y vinculante.
La presidencia señala que en ninguna parte de la acusación se encuentran violaciones por parte del Presidente, más bien, la Corte ha aclarado que no es el decreto que lleva al país a las elecciones, sino que la decisión de elegir al nuevo presidente.
Publicación completa:
El presidente de la República de Kosovo acoge con beneplácito el acto del Tribunal Constitucional en los casos no. KO 72/26 y KO 74/26, que confirma los argumentos jurídicos presentados por la Presidencia al Tribunal Constitucional sobre este caso, y confirma que el Presidente Osmani no ha cometido violaciones constitucionales.
De conformidad con los comentarios presentados por la Presidencia, el propio Tribunal Constitucional confirma en los párrafos 153, 155 y 190 que el plazo de 60 días debe consumirse antes del plazo de 30 días establecido en el párrafo 2 del artículo 86 de la Constitución, y que este plazo de 30 días antes del fin del actual mandato del Presidente es definitivo y vinculante, y no puede estar relacionado.
El tribunal, en ningún párrafo de su acusación, ha descartado violaciones de la Constitución por parte del Presidente. Más bien, ha confirmado que no es el decreto que lleva al país a nuevas elecciones, pero es el fracaso de la Asamblea elegir al nuevo presidente que causa este proceso electoral.
La presidencia ha expresado la misma posición en los comentarios enviados al Tribunal Constitucional, afirmando que el decreto simplemente está formalizando una situación existente y que no es el decreto, pero es el fracaso de la decisión de elegir al presidente que dirige el país a las elecciones.
En consecuencia, dado que las circunstancias oportunas de incumplimiento no han sido anticipadas a la Constitución de la República de Kosovo, la Corte ha interpretado una situación desatendida que se aplica a este caso específico, aclarando que <x0 título en todos los casos de elección del presidente en el futuro, respectivamente, procedimientos para la elección del nuevo presidente, que no puede durar más de 60 días, debe comenzar adelante y terminar a más tardar 30 días antes del fin del mandato del actual 191.
El presidente acoge con beneplácito el plazo de 34 días otorgado a los diputados del Parlamento de Kosovo por parte del tribunal y les pide que cumplan con urgencia esta obligación constitucional.
La concesión de este plazo adicional por parte del tribunal constitucional no ha sido competencia del presidente de la República. Pero es el decreto del Presidente que ha allanado el camino para esta importante aclaración por parte del tribunal como única y definitiva autoridad para interpretar la Constitución.
Las declaraciones políticas sobre si las violaciones constitucionales también malinterpretan el acto, pero también la politización extrema de una situación ya aclarada por el Tribunal Constitucional: que el fracaso de elegir al presidente del país es de diputados y debido a la falta de voluntad política de llegar a un consenso sobre las elecciones del presidente.
En lugar de estas declaraciones inestables, invitamos a la Asamblea de Kosovo a fijar la nueva sesión mañana para la elección del nuevo presidente y cumplir la obligación por la que han sido elegidos, dando al país estabilidad y seguridad.












