Hasani: fallo del Tribunal Profesional, decreto de Osman fue completamente inconstitucional

El ex jefe del Tribunal Constitucional, Enver Hasani, considera el acto del Tribunal Constitucional como profesional en relación con el colapso del decreto del Presidente Vjosa Osmani sobre la distribución de la Asamblea, así como un mandato adicional de 34 días para elegir al presidente. El profesor de derecho internacional en una entrevista para Kosova Prees señala que, aunque el razonamiento judicial de la decisión es [...]
El profesor de derecho internacional en una entrevista para Kosova Press, señala que, aunque el razonamiento judicial de la decisión es correcto, el lenguaje utilizado en el dispositivo se refleja en algunas dudas de la Corte para etiquetar directamente la situación como decisión constitucional de Osman, como dice debido al miedo y la presión que se le hace a esta institución.
Sin embargo, explica que el sesgo no produce consecuencias jurídicas directas para el presidente, ya que el objeto de examen sólo ha sido la constitucionalidad del decreto y no su responsabilidad personal.
Cuando un acto legal no produce ningún efecto legal, entonces se trata de absoluta falta de valor del acto. Se trata de otra cita para decir que el decreto ha sido completamente anti-inconstitucional implicado, dice Hasani.
Agrega que estas conclusiones hacen que el decreto para la distribución de la Convención judicial sea inválido, si no hubiera existido en absoluto, citando esto como el más alto grado de constitucionalidad.
En este contexto, Hasani considera que Vjosa Osmani está equivocada con la decisión de distribuir la Asamblea, ya que dicha competencia, según él, no existe en ningún sistema parlamentario europeo como competencia autónoma del jefe de Estado.
El <x0 El objeto del caso no ha sido una evaluación de si el presidente ha violado la Constitución, pero si el decreto es constitucional garantizadox1 título, añade Hasani.
Según él, cualquier procedimiento eventual contra el presidente debe ser iniciado por separado por al menos 40 diputados del Tribunal Constitucional, que deben argumentar violaciones de la Constitución, incluso dependiendo de este acto.
Hasani también subraya que este procedimiento está dividido por el asunto del despido del presidente, que requiere la mayoría de dos tercios en la Asamblea, haciendo de este un proceso políticamente complicado.
Esta es una entrevista completa:
¿Cómo evalúa la decisión de la Corte Constitucional de dar a la Asamblea otros 34 días para elegir al presidente? ¿Esta interpretación está en plena armonía con el espíritu de la Constitución?
Hasani: El sesgo es profesional en la parte de razonamiento, pero hay un lenguaje en el dispositivo que, en absoluto, se asemeja al dispositivo del primer acto de juicio del año pasado para la constitución. Este lenguaje es claro para los abogados constitucionales, pero refleja cierta renuencia del Tribunal Constitucional a etiquetar directamente el fenómeno descrito. No los culpo en absoluto, considerando que estaban bajo presión el año pasado, que parte de los jueces también estaban expuestos al peligro físico.
Hasani: Sí. El argumento es correcto y muestra claramente que, en un sistema parlamentario, el jefe de Estado (presidente o monarca) no puede distribuir el parlamento de manera autónoma y fuera de la autorización constitucional. Por esta razón, la Corte ha observado que el decreto del Presidente de la República sobre la distribución de la Asamblea no ha producido ningún efecto jurídico. Cuando un acto legal no produce ningún efecto legal, entonces se trata de absoluta falta de valor del acto. Esta es otra designación para decir que el decreto ha sido completamente inconstitucional. Eso no es lo que dijo la Corte por el temor y la presión que tenía el año pasado y en otras ocasiones.
El tribunal ha determinado que el decreto del presidente sobre la distribución de la Asamblea no produce un efecto legal. ¿Cuán consistente es tal razonamiento de una manera práctica?
Hasani: Como dije, se trata de describir un acto legal como completamente inconstitucional, ya que no ha producido consecuencias legales. Así pues, el decreto de distribución de la Asamblea de Kosovo es totalmente nulo, como si nunca hubiera existido. Este es el más alto grado de constitucionalidad e incluye disposiciones de la Constitución mencionadas en el párrafo 4 del acto sobre el tema.
¿Ha habido espacio constitucional para que el presidente actúe de manera diferente en esta situación? ¿Qué consecuencias jurídicas y constitucionales podría tener después de esta decisión inconstitucional?
Hasani: Por supuesto, el presidente de la República se equivocó cuando distribuyó la asamblea, ya que distribuyó al representante soberano. Este derecho no está en ninguna parte en el presidente de la república en un sistema parlamentario, y eso es lo que la Corte ha dicho claramente en la parte de razonamiento, cuando ha proporcionado soluciones constitucionales de comparación. Igual que en Kosovo, en cualquier constitución europea que tenga el sistema parlamentario, el jefe de Estado no tiene competencias autónomas para la distribución del parlamento.
No puede haber ninguna consecuencia para la Sra. Osmani, porque el objeto del caso ha sido una evaluación de si el presidente de la República de Kosovo ha violado la Constitución, pero si el decreto del presidente de la República de Kosovo para la distribución de la Asamblea de Kosovo es constitucional en sí mismo. Esto, de hecho, es el mismo título del acto de hoy: <x0 confianzaassessment of the Constitution of the Decree [inn. El 6 de marzo, 2026, Presidente de la República de Kosovo, hizo referencias.
Si alguien piensa que la Sra. Osmani ha violado la Constitución de Kosovo, podría iniciar procedimientos ante el Tribunal Constitucional en virtud del artículo 9.2, relativo al artículo 113.6 de la Constitución de Kosovo. En tal procedimiento, el acto de hoy es un hecho y la iniciativa debe razonar correctamente por qué y cómo la Sra. Osmani ha violado la Constitución de Kosovo. Así que, en otras palabras, el lado que lanza tal procedimiento tiene que argumentar violaciones constitucionales que han estado sujetas a revisión del acto de hoy.
El plazo para decidir si el Presidente Osmani ha violado la Constitución es de siete días de edad y no tiene ninguna relación si termina el mandato. En virtud de la Ley del Tribunal Constitucional y de la Práctica Estándar en el Tribunal Constitucional Europeo, los tribunales tienen derecho a continuar el procedimiento incluso cuando el objeto de examen caiga, por cualquier razón.
El despido del presidente de la República, según el artículo 91.3 de la Constitución, es otro asunto. En otras palabras, el proceso de evaluación de si el Presidente Osmani ha violado la Constitución de Kosovo está dividido por el resultado de su cargo, ya que el despido, incluso en caso de un presidente activo, no puede ocurrir en la Asamblea de Kosovo, ya que la mayoría de dos tercios de los diputados son necesarios. Si se va a iniciar este procedimiento, permanece en la evaluación de los actores políticos. /Periscope












