Que se jodan. La integridad constitucional no puede ser cuestionada

Fargan Qorrolli, conocedor de la Constitución, dice que el Tribunal Constitucional no lo hace a los efectos de la política cotidiana y que la integridad de este tribunal no puede ser cuestionada. Un guión de Facebook ha criticado a la clase política, que ha puesto sus manos en la Constitución. El Tribunal Constitucional es la institución suprema de la República. [...]
Fargan Qorrolli, conocedor de la Constitución, dice que el Tribunal Constitucional no lo hace a los efectos de la política cotidiana y que la integridad de este tribunal no puede ser cuestionada.
Un guión de Facebook ha criticado a la clase política, que ha puesto sus manos en la Constitución.
El Tribunal Constitucional es la institución suprema de la República. No parece baja y para los propósitos de la política diaria. Puesto que hay personas dentro de ella firmemente asociadas con ciertos políticos, la integridad de este tribunal no puede ser cuestionada.
KOHA, hace días, informó que el Tribunal Constitucional derribará el decreto para el Primer Ministro Hashim Thaci, pero allanará el camino para su plan de hacer un nuevo gobierno, parte del cual no será el Movimiento Vetevendosje, el sujeto político que ganó las elecciones.
Siete jueces constitucionales se han movilizado para encontrar razones de apoyo para ello.
Qorroll, escribe además que el La corte es más importante que los intereses de la política de Meskin, que ha abusado despiadadamente de las piedras de tumba de los mártires garantizadox1⁄4.
No esperes milagros de un grupo de políticos, que la democracia entiende como película ficticia, no como fondo de ciudadanía. Nuestra empresa debe mostrar respeto por los dignos, y debe despreciar los serviles y capturarlos2⁄4], concluyó.
Por otro lado, el Primer Ministro Albin Kurti tiene la condición de aceptar la condena del Tribunal Constitucional en términos de mandato de formar el nuevo gobierno. Lo respetará, sólo si el documento no establece los plazos previstos en los plazos correspondientes que no contengan el acto judicial más alto del Estado.












