La carta de Kurti Albulen Haxhiu lee al Presidente Thaci

El Primer Ministro, Albin Kurti, ha sido dirigido hoy con una carta al Presidente de Kosovo Hashim Thaci. Kurti a través de la carta dijo que en ningún caso se ha negado la solicitud o la propuesta de mandato, anuncia el Clan de Kosovo <x0 Confíotoday, en 22.04.2020, he recibido una carta de usted, a través de la cual usted reclama fuera de sus competencias [...]
El Primer Ministro, Albin Kurti, ha sido dirigido hoy con una carta al Presidente de Kosovo Hashim Thaci.
Kurti a través de la carta ha dicho que en ningún caso se ha negado la solicitud, ni tampoco la propuesta establecida, Kosovo anuncia
Hoy, en el 22.04.2020, he recibido una carta de usted, a través de la cual usted afirma fuera de sus competencias constitucionales como Presidente, que no he utilizado el derecho de proponer un nuevo candidato para formar gobierno realizadox1⁄4e, dice Kurti.
No tiene derecho ni autorización constitucional para cerciorarse de que hemos rechazado la propuesta de candidato para el primer ministro cuando no lo hayamos hecho; no tiene autoridad para determinar más allá de la Constitución lo que será el Gobierno, como usted ha hecho estos días en declaraciones públicas; y lamentamos que aún no nos haya respondido sobre la base en que estamos actuando y nos dirijamos:
Esta es la carta completa:
Querido Presidente,
A menos que en cualquier caso hayamos rechazado la solicitud o la propuesta del mandato, hoy, en 22.04.20, he recibido una carta de usted, a través de la cual usted afirma fuera de sus competencias constitucionales como presidente, que no he utilizado el derecho de proponer un nuevo candidato para formar gobierno.
La Constitución de la República no prevé esa competencia del Presidente para evaluar o determinar la explotación o el abuso del derecho a proponer el mandato. Además, la Constitución y la Ley No 10314 ni siquiera han fijado un plazo para ello. La constitución, que usted prevé en este caso, es el nombramiento de un mandato sólo después de la propuesta del partido o coalición que ha ganado la mayoría absoluta o relativa, según se define en el punto 84 de la Ley del Tribunal Constitucional.
Por lo tanto, sobre la base del papel y la función de presidente, no tiene derecho ni autoría constitucional para cerciorarse de que hemos rechazado la propuesta de candidato para primer ministro cuando no lo hayamos hecho; no tiene autoridad para determinar más allá de la Constitución lo que será el Gobierno, como usted ha hecho estos días en declaraciones públicas; y lamentamos que aún no nos haya respondido sobre la base de la cual nosotros 95 estamos actuando y dirigiéndose a nosotros.
Con respeto,
Albin Kurti
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