CEC: El candidato de alcalde debe ser residente de ese municipio por lo menos 3 años

El candidato alcaldía debe haber estado en el municipio por lo menos tres años, en los que busca competir. Esta es una de las condiciones adicionales necesarias para los candidatos de alcalde, además de las condiciones derivadas del artículo 30 de la Ley Electoral General. El portavoz de CEC, [...]
El candidato alcaldía debe haber estado en el municipio por lo menos tres años, en los que busca competir.
Esta es una de las condiciones adicionales necesarias para los candidatos de alcalde, además de las condiciones derivadas del artículo 30 de la Ley Electoral General.
El portavoz de la CEC Valmir Elezi ha explicado a Economy Online que la demanda de tener al menos 3 años de residencia en el municipio es requerida por la Ley de elecciones locales.
A diferencia de las condiciones requeridas para cumplirse en virtud del artículo 30 de la Ley de elecciones generales, en el párrafo 2 del artículo 9 de la Ley de elecciones locales se exige que el candidato alcaldía del municipio haya estado en el municipio por lo menos tres años, en el que compita ser elegido como jefe del municipio.
De lo contrario, según el artículo 30 de la Ley de Elecciones Generales, una persona no puede ser certificada como candidata si es oficial con estatuto especial sobre la base de la Ley vigente para funcionarios públicos; miembro del servicio extranjero y representante diplomático; presidente o miembro del CEC y la Comisión Electoral Municipal; funcionario del PZAP; a través de la decisión del tribunal, incluyendo la decisión del PZAP, se le ha negado el derecho a ser candidato; ha sido sentenciado en tres años penales
Para todas estas restricciones, la CEC buscará la verificación de candidatos de diversas instituciones estatales.
El plazo para la aplicación de temas políticos durará 49 días, a partir del 26 de junio al 13 de agosto de 2025. Según Elez, es la voluntad de los sujetos políticos decidir el número de municipios en los que competirán.
A partir del 26 de junio al 13 de agosto de 2025, los partidos políticos, las coaliciones, las iniciativas cívicas y los candidatos independientes pueden presentar a la CEC, la Oficina de Registro, Certificado y Control Financiero de Temas Políticos, su solicitud de ser certificada para participar en las elecciones de Elecciones y Marcos Municipales, respectivamente, que se celebrará el 12 de octubre de 2025. Durante este período, los sujetos políticos también deben entregar sus listas, con los nombres de los candidatos para el Alcalde Comunista y la Asamblea Comunista. Está enteramente en la voluntad de los sujetos políticos determinar en qué municipios quieren competir. Además, es en la voluntad de los sujetos políticos elegir si en un determinado municipio sólo competirán en elecciones para el Alcalde de la Comuna o para la Asamblea Municipal, o para ambos hechosx1 título, dijo Elesi.
El 9 de junio, el presidente de Kosovo Vjosa Osmani programó el 12 de octubre de 2025 para celebrar elecciones locales para presidentes comunistas y países comunistas. /Periscopi/












