Ley contradictoria del KKP para enviar a los presidentes a declarar, dice el Tribunal Constitucional

Foto: Callo. El Tribunal Constitucional de Kosovo ha declarado aceptables las demandas de los diputados Abelard Tahiri y otros nueve diputados del Parlamento, y la siguiente petición con el presidente Arben Gashi y otros nueve diputados del Parlamento, presentada al Tribunal Constitucional, en términos de evaluación de la constitucionalidad de nueve, cinco, 6, 7, 13, y [...]
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El Tribunal Constitucional de Kosovo ha declarado aceptables las demandas de los diputados Abelard Tahiri y otros nueve diputados del Parlamento, y la siguiente solicitud con el capataz Arben Gashi y otros nueve diputados del Parlamento, presentada al Tribunal Constitucional, en términos de evaluación de la constitucionalidad de las disposiciones 2, 5, 6, 7, 13, y 16 de la Ley No 08/L-249 de cambio y cumplimiento de la Ley No 06/L-05 del Fiscal Periscope.
El Tribunal ha decidido, i) por unanimidad, declarar las demandas aceptables; ii) declarar, con seis votos y uno contra, que los apartados 1.3, 1.4 del párrafo 1, y los incisos 2.4 y 2.8 del artículo 2 (no tienen derecho) de la Ley No 08/L-249 de cambio y cumplimiento de la Ley No 06/L-05 de Kosovo
Según las conclusiones anteriores, la Corte también dictaminó que i) la ley controvertida se envía al Presidente de la República de Kosovo para la proclamación; y i) el acto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la República de Kosovo consignax1 título, informó el Tribunal Constitucional.
La acusación explica que, como resultado de la falta de argumentos específicos para las reclamaciones y la exactitud de la reclamación en relación con la constitucionalidad de la disposición que especifica la decisión con la mayoría simple de todos los miembros del Consejo Fiscal de Kosovo, el Tribunal sólo elogió las reclamaciones relativas al quórum y la adopción de decisiones de 4 (cuatro) miembros en caso de no participación en el caso de algunos miembros de este Consejo fuerex1.
En la evaluación de esta reclamación, la Corte recordó su práctica judicial en los casos de KO100/22 y KO10122, así como las recomendaciones de la Comisión de Venecia sobre la importancia de los mecanismos de lucha contra la denuncia en los procedimientos de toma de decisiones en esta institución, a fin de garantizar el funcionamiento del Consejo mencionadosx1 título.
El Tribunal estimó posteriormente que la definición quórum de cuatro (cuatro) miembros y la adopción de decisiones con los votos de cuatro (cuatro) que asistieron a la reunión del Consejo Fiscal de Kosovo, que se aplica únicamente a los casos i) no a la participación continua de los miembros en la reunión del Consejo; y ii) las circunstancias en que se inicia el procedimiento disciplinario contra el miembro, garantizará que se llevará a cabo en el cumplimiento del mandato constitucional y jurídico, y la obligación de la justicia independiente de seleccionar a los miembros del Parlamento En consecuencia, el Tribunal consideró que el artículo 16 (sin derecho) de la Ley No 08/L-249 de cambio y cumplimiento de la Ley No 06/L-056 del Consejo Fiscal de Kosovo no estaba en contradicción con los párrafos 1 y 4 del artículo 110 [Consejo Fiscal de Kosovo] de la Constitución de la República de Kosovo se decía entre otras cosas en la Ley del Tribunal Constitucional.












