El tribunal ordena a Kurt testificar el martes: ¿Qué dice la ley si se niega?

El Tribunal Constitucional de Pristina ha dictado una orden para que el Primer Ministro de Kosovo, Albin Kurti, comparezca en la Fiscalía Especial el 4 de marzo a las 10:00 para dar su testimonio sobre el escándalo de la reserva estatal. Esto es confirmado por Mirlinda Gashi, portavoz del Tribunal Constitucional en Pristina.
El Tribunal Constitucional de Pristina ha dictado una orden para que el Primer Ministro de Kosovo, Albin Kurti, comparezca en la Fiscalía Especial el 4 de marzo a las 10:00 para dar su testimonio sobre el escándalo de la reserva estatal.
Esto lo confirma Mirlinda Gashi, portavoz del Tribunal Constitucional de Pristina.
El Departamento Especial, a petición del Fiscal Especial de la República de Kosovo, ha acusado al testigo A.K., de comparecer en calidad del testigo, de dar su testimonio antes de la fecha del 04.03.2025 a las 10.00 horas, al Fiscal Especial de la República de Kosovo. The Foundation Court in Pristina é Special Department, dated 28,02.2025, through emal, has accepted the response of the Office of Prime Minister in connection with the Supreme Order of the Court hurtx0 título Ella dijo Nacional
¿Y si te niegas?
El Código de Procedimiento Penal, en su artículo 132, habla de la ausencia del Testigo. Según este artículo, punto 1. Cuando el testigo que ha sido llamado en orden no aparece, y no razona, o sin permiso, y por lo tanto deja donde se le debe pedir, el juez del procedimiento preliminar sobre el deber oficial o la solicitud del fiscal del estado puede obligar al testigo a comparecer.
¿Y si te niegas? Si el testigo no aparece, el juez de pre-procedimiento lo condena con multas de hasta doscientos cinco-cinco-cinco-cinco-0 Euro por cada vez que no aparece identificadox1⁄4 dice allí.
¿Y si el rechazo continúa? Si el testigo continúa negándose a testificar después de ser multado, puede ser encarcelado como se presenta en el párrafo 2 de este artículo.
¿Prisión? Sí. El Código de Procedimiento Penal también ha visto la detención de un testigo de modo que se pueda impugnar la ley.
Cuando el testigo se niega a testificar, puede ser encarcelado. La prisión dura hasta que el testigo se niegue a testificar o hasta que su testimonio se haga innecesario o hasta que el procedimiento sea completado pero no más de un (1) mes.












