Kosovo en el programa de la Comisión de Política de KiE, ¿cuál es la condición del invitado especial que tiene la intención de recibirlo?

La Asamblea de Kosovo ha solicitado recibir la condición de invitado especial en el Consejo de Europa. Esta solicitud de Kosovo ha sido presentada en el programa de la Comisión Política y Democracia de la CE, que se reunirá en París el miércoles 5 de marzo a las 09:30. Sin embargo, no habrá voto [...]
La Asamblea de Kosovo ha solicitado recibir la condición de invitado especial en el Consejo de Europa. Esta solicitud de Kosovo ha sido presentada en el programa de la Comisión Política y Democracia de la CE, que se reunirá en París el miércoles 5 de marzo a las 09:30.
However, there will be no vote on this requirement, but only consultations, reportedly published by the Parliamentary Assembly of the Council of Europe.

Pero, ¿cuál es el procedimiento de adhesión y cuál sería el papel de la delegación de Kosovo si se acepta?
La condición de invitado especial puede concederse a los estados europeos que son miembros de la organización, y la solicitud del Estado de convertirse en un invitado especial está dirigida al Presidente de la Asamblea Parlamentaria por el orador del parlamento en este caso de Kosovo.
Los miembros de las delegaciones de invitados especiales pueden participar en el Convenio de la Asamblea Parlamentaria, pero no tienen derecho de voto. Tienen derecho a hablar, pero con el permiso del Presidente de la Asamblea.
También podrían presentar al presidente de las propuestas de la Comisión sobre el proyecto de agenda de las reuniones y propuestas de enmiendas de la Comisión para redactar los textos examinados en estas reuniones y podrían firmar mociones de resoluciones y recomendaciones y declaraciones escritas.
Sin embargo, no se considerarán para el número de firmas requeridas. Los miembros de las delegaciones invitadas especiales pueden participar en la labor de los grupos políticos en las condiciones establecidas por los grupos.
La consulta para la solicitud de Kosovo se llevará a cabo de conformidad con la Orden 62.3 de la Asamblea.
Debajo de todo lo que es la regla 62 para invitados especiales:
62.1 La Mesa puede conceder la condición de invitado especial a los parlamentos nacionales de Estados no miembros que han solicitado ser miembros del Consejo de Europa.
62.2 Cualquier solicitud oficial para el estatuto de los invitados especiales será dirigida al Presidente de la Asamblea Parlamentaria por el orador del Parlamento respectivo.
62.3. Si la Mesa, tras consultar a la Comisión de Asuntos Políticos y Democracia, aprueba esa petición, el Presidente de la Asamblea Parlamentaria invita al Parlamento pertinente a recibir una condición de invitado especial.
62.4 El número de miembros de una delegación de invitados especial, que no debe exceder de dieciocho, será el mismo (sin sustitución) que el número de países que probablemente corresponda si el Estado invitado especial se convierte en miembro pleno del Consejo de Europa. Este número es nombrado por la Mesa, con la propuesta de la Comisión para Asuntos Políticos y Democracia.
62.5 En lo que respecta al tamaño de su delegación, un parlamento con estatuto especial invitado nombrará miembros para garantizar una representación equitativa de los partidos o grupos políticos en ese parlamento.
62.6. Las credenciales de los miembros de la delegación especial se envían al Presidente de la Asamblea Parlamentaria, de ser posible, no menos de una semana antes de la apertura del período de sesiones. Estas credenciales se presentarán a la Asamblea Parlamentaria para su ratificación al mismo tiempo que las de los representantes y diputados. Las credenciales de los miembros de las delegaciones de invitados especiales podrían rechazarse basándose en el párrafo 1 supra. Las credenciales impugnadas se remitirán sin debate a la reunión conjunta de la Comisión de Asuntos Políticos y Democracia y la Comisión de Asuntos Laborales, Inmunidades e Instituciones, dirigida por el presidente de la Comisión de Asuntos Laborales, Inmunitarios e Institucionales. Estos comités informarán a la Mesa lo antes posible.
62.7. Los miembros de delegaciones e invitados especiales pueden participar en la Asamblea, pero sin votación. Tienen derecho a hablar con el Presidente de la Asamblea.
62.8 Los miembros de las delegaciones invitadas especiales pueden asistir a las reuniones de las comisiones previstas en el artículo 48.5. Podrían presentar al presidente de la comisión propuestas relativas al proyecto de agenda de las reuniones y propuestas de enmiendas para redactar los textos examinados en estas reuniones. El presidente de la comisión decide cualquier otra acción. Pueden firmar mociones de resoluciones y recomendaciones y declaraciones escritas. Sin embargo, no se considerarán para el número de firmas requeridas. Los miembros de las delegaciones invitadas especiales pueden participar en la labor de los grupos políticos en las condiciones establecidas por los grupos.
62.9 La Comisión de Asuntos Políticos y Democracia, o por lo menos 20 miembros, puede pedir al presidente que suspenda o retire la condición de invitado especial. El alcalde informará inmediatamente a la Mesa de cualquier solicitud. Si la Comisión de Asuntos Políticos y Democracia no formula la solicitud, el alcalde solicita inmediatamente la opinión de esa comisión, que se remite a la Mesa.
62.10 Se informará a los miembros de la Mesa de examinar esa cuestión al menos dos semanas antes de la reunión de la Mesa en la que se celebrará. La decisión de la Mesa es en la mayoría de dos tercios.
62.11. Cuando se haya retirado el estado del invitado especial, el parlamento en cuestión hará otra solicitud oficial si quiere recuperar ese estado. La suspensión de la condición de invitados especiales podría ser eliminada de la Oficina al decidir por dos tercios de la mayoría si considera que las condiciones que conducen a la suspensión ya no existen.












