El 29 de octubre, el registro de votantes comienza con necesidades especiales para el despido

La Comisión Electoral Central ha anunciado que el período de inscripción de votantes con necesidades especiales para el período de ejecución comenzará el 29 de octubre y terminará el 4 de noviembre. Para permitir la votación de las personas registradas, el CEC participará en los equipos móviles durante el 9 de noviembre, el día del despido. Es para el censo [...]
La Comisión Electoral Central ha anunciado que el período de inscripción de votantes con necesidades especiales para el período de ejecución comenzará el 29 de octubre y terminará el 4 de noviembre.
Para permitir la votación de las personas registradas, el CEC participará en los equipos móviles durante el 9 de noviembre, el día del despido.
Se ha creado la plataforma de grabación vpnv. Kqz-x.org
La inscripción de los votantes elegibles se realizará en cooperación con las instituciones pertinentes y a través de la plataforma eletronica, que será accesible en el momento del inicio de este proceso.
Los votantes con necesidades especiales incluyen tres categorías principales:
- V OTIZER Con NEEDS ECANTA
Los votantes con necesidades especiales son considerados votantes legales que no pueden dejar sus hogares para votar personalmente en las elecciones debido a la discapacidad física, la salud o cualquier otra discapacidad.
El censo de estos votantes se puede realizar mediante plataforma electrónica o física en la Comisión Electoral Municipal en el municipio donde está el votante.
Atención: Los votantes de esta categoría, que están registrados en la primera ronda, no necesitan hacer el nuevo censo.
- VO T U n E SE LIVIA UNSDIED INSTITU CHIONE
Los votantes en las instituciones son considerados votantes de derecho, con un movimiento limitado en cualquier institución: los votantes en la hospitalización, las personas de edad en los hogares designados para las personas de edad, las personas en tratamiento en las instituciones de salud mental, los reclusos y los detenidos en los centros de detención.
Atención: La CEC, en cooperación con las instituciones responsables, llevará a cabo listas de votantes de esta categoría registradas durante la primera ronda.
3 / 1 V DESPUÉS DEL DÍA
Los votantes en circunstancias separadas son considerados votantes que, debido a la seguridad y el voto en el arresto domiciliario, no pueden votar en su propio lugar específico.
La reacción del votante, que por razones de seguridad no puede votar en las encuestas, se hace a través de plataformas electrónicas de la CEC, así como pidiendo asistencia de la Comisión Electoral Municipal en el municipio donde los votantes están en el municipio, mientras tanto, la CEC en colaboración con las instituciones pertinentes hace la identidad de los ciudadanos elegibles bajo arresto domiciliario./Periscopi/












