La Constitución otorga a la oposición el derecho: RTK Board Download in Conflict With Constitution

El Tribunal Constitucional ha concluido el martes que la decisión de la Asamblea de Kosovo del 8 de julio de 2021 de desestimar la Junta de Radio Televisión de Kosovo no está en consonancia con la Constitución, pero la decisión no tiene efecto atrasado y no afecta a los derechos de terceros. El 8 de julio de 2021, la Asamblea [...]
El Tribunal Constitucional ha concluido el martes que la decisión de la Asamblea de Kosovo del 8 de julio de 2021 de desestimar la Junta de Radio Televisión de Kosovo no está en consonancia con la Constitución, pero la decisión no tiene efecto atrasado y no afecta a los derechos de terceros.
El 8 de julio de 2021, la Asamblea de Kosovo despidió a la Junta RTK compuesta por Sali Basota, Agron Gashi, Lirim Geci, Fadil Miftari, Ilir Bytyci, Bajram Medic, Petrit Musoli y Albinot Maloku. El despido fue seguido por una aguda crítica de la oposición, que acusó al poder de intentar capturar políticamente la televisión pública. Los diputados de oposición han llevado el caso a la Constitución.
El tribunal, según el anuncio, ha decidido por unanimidad declarar la solicitud de los diputados de la Junta de RTK Aceptable y el requisito de moción provisional sobre los efectos de la polémica decisión obtenidax1 título.
Acaso, con cinco votos y dos votos en contra, la Corte ha decidido declarar que el veredicto [en el Sr.08] -V-036 del 8 de julio de 2021 del Parlamento de la República de Kosovo para el despido de todos los miembros de la Junta de RTK no está en conformidad con el artículo 1 y el artículo 7 [Vlerat] y el artículo 9 de la Constitución 65 [Cultiary Conclusions], respectivamente; y el efecto no
La oposición ha afirmado que el despido de la Junta RTK hace dos años fue contrario a la competencia del Parlamento de Kosovo, que la Constitución ha confirmado.
La decisión no afectará a la nueva Junta de RTK. Pero la junta desestimada tiene derecho a seguir los procedimientos pertinentes en los tribunales ordinarios, según el anuncio constitucional.
La Constitución ha argumentado que para diciembre de 2022, cuando se decretó el próximo juez, no había quórum de decisión.











