√x0 títuloBalkan abrió llavex1 título, la Biblioteca Oficial de Albania libera memorando para facilitar el comercio

Se ha publicado en el Libro Oficial de Entendimiento de Albania para la Cooperación, el Equipo de Importaciones, Exportaciones, y el Movimiento de Mercancías en los Balcanes Occidentales, que fue aprobado en la reunión del gobierno el miércoles bajo el Iniciativa Balcanes. Esta iniciativa conjunta entre tres países: Albania, Macedonia del Norte y Serbia tiene como objetivo [...]
Se ha publicado en el Libro Oficial de Entendimiento de Albania para la Cooperación, el Equipo de Importaciones, Exportaciones, y el Movimiento de Mercancías en los Balcanes Occidentales, que fue aprobado en la reunión del gobierno el miércoles bajo el Iniciativa Balcanes.
Esta iniciativa conjunta entre tres países: Albania, Macedonia Septentrional y Serbia tiene por objeto difundir este memorando a todos los países del TLC.
Su punto es facilitar el comercio. Si bien se pretende que este memorando sea seguido por un plan de medidas que garantice la libre circulación de mercancías, el comercio para todos los empresarios, las transmisiones de OraNews.
El memorando servirá de apoyo a los sujetos que operan en Albania y los sujetos que intercambian con estos dos países.
Según la respuesta que acompaña a este acuerdo, los participantes de los Balcanes occidentales se refirieron colectivamente a tales como " Clavex1 títulos " , e individualmente como " 3 " Pala cumplióx4 " , expresando la voluntad de fortalecer las relaciones bilaterales y la comprensión, especialmente en el ámbito de las importaciones, las exportaciones y el movimiento de mercancías, con el objetivo de eliminar los obstáculos en el comercio bilateral, contribuir al progreso de cooperación económica y a la solución progresiva.
El acuerdo de la Federación de Rusia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, Grecia, EE.UU.
Los objetivos de este memorando son: a) el crecimiento y el fortalecimiento de la cooperación económica entre los Pauls; b) la simplificación de los procedimientos relativos a las importaciones, exportaciones y circulación de mercancías en la mayor medida posible; c) el intercambio de datos entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes en la medida en que la legislación de cada Pablo permita; d) la promoción, mediante el aumento del comercio bilateral, el desarrollo armonizado de las relaciones económicas entre Pals; y la eliminación gradual de las barreras en el comercio de bienes.
Simplificación de las formalidades relacionadas con la importación de exportaciones y el movimiento de mercancías
Las partes deben aplicar el comercio y los procedimientos relativos a la importación, exportación y circulación de mercancías sencillas, razonables e imparciales. Las partes garantizarán la renovación de los acuerdos bilaterales sobre transporte internacional por carretera a fin de facilitar el régimen de permisos de transporte para los países bilaterales, de tránsito y de terceros países, facilitando así el transporte y el comercio en los Balcanes Occidentales. Las partes reducen, en la medida de lo posible, los controles, las formalidades y el número de documentos necesarios para garantizar el cumplimiento, con el objetivo de minimizar la incisión y complejidad de los requisitos de importación, exportación y movimiento y documentación, cada parte garantiza que estas formalidades y requisitos de documentación: a) se han aplicado, con los fines de la liberación y distribución de mercancías rápidas; b) se han aplicado de manera que se pretende reducir el tiempo y el costo de incompatibilidad; y c)
Transit
Las autoridades aduaneras de Pali cooperan para establecer las condiciones necesarias para simplificar el procedimiento de tránsito entre ellas en la medida de lo posible.
Confidencia y Protección de la Información
Toda la información recibida en virtud de este memorando se considera confidencial y se trata al menos con el mismo nivel de protección y privacidad, al igual que la información proporcionada sobre la base de la legislación de información de Palla.
La cooperación de las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes debe garantizar a sus autoridades competentes, responsables de las aduanas y los controles y otros procedimientos relacionados con la importación, exportación y tránsito de mercancías, cooperar entre sí y coordinar sus actividades para facilitar el comercio. Los controles realizados por las autoridades mencionadas en el párrafo de este artículo se basan principalmente en el análisis de riesgos, utilizando técnicas electrónicas de procesamiento de datos, con el objetivo de identificar y evaluar los riesgos y aplicar las medidas necesarias, sobre la base de criterios desarrollados a nivel de Pablo y, cuando sea posible, a nivel internacional.
Seguridad Alimentaria, Cuestiones Veterinarias y Victorizantes
Las partes deben hacer esfuerzos concertados para facilitar el movimiento de animales, productos y alimentos de origen animal y, al mismo tiempo, prevenir la introducción de enfermedades infecciosas y productos y alimentos de origen animal nocivo a la salud, desarrollar la cooperación en el campo de la seguridad veterinaria y alimentaria, facilitar el movimiento de plantas y el origen vegetal, a los alimentos y alimentos para el origen vegetal y vegetal, prevenir la entrada de plantas nocivas en cuarentena, y
Las autoridades competentes de Pablo se informan mutuamente de las demandas veterinarias y fitosanitarias de importación y tránsito de mercancías. La importación, exportación y tránsito de plantas, productos de origen vegetal y otros objetos sujetos al control fitosanitario (resistentemente denominados como " =x0 títulos " ) sólo se puede lograr si se cumplen los requisitos fitosanitarios, de conformidad con las normas de salud de importación y tránsito.
Las partes adoptan todas las medidas fitosanitarias necesarias para impedir la entrada de plagas vegetales en cuarentena de las plantas de envío y los productos de origen vegetal exportados, de conformidad con los requisitos fitosanitarios específicos de importación y tránsito.
La importación de alimentos y alimentos para animales de origen vegetal y mixto sólo se puede realizar si se cumplen las condiciones descritas, de conformidad con las normas de seguridad alimentaria vigentes en la Palla importadora. Los informes de los laboratorios autorizados oficialmente para probar alimentos y alimentos para animales de origen vegetal y mixto y laboratorios autorizados oficialmente para probar alimentos y alimentos para animales nacidos de plantas serán mutuamente reconocidos por las autoridades competentes de Pablo. Durante la importación, los envíos de alimentos y alimentos para animales de origen vegetal y mixto deben ir acompañados de resultados de un análisis de laboratorio no anunciado de 4 (cuatro) meses, llevado a cabo con métodos acreditados y liberados por laboratorios autorizados oficialmente.
Cada Pablo tiene derecho a controlar y examinar las entregas de alimentos y alimentos para animales de origen vegetal y mixto durante la importación. Las partes nombrarán laboratorios oficiales para realizar pruebas de laboratorio y diagnóstico de la muestra tomada durante el control fitosanitario. Las partes convienen en reconocer mutuamente los rezonantes de análisis de laboratorio de laboratorio autorizados oficialmente para las muestras recibidas de los envíos sujetos a importación. Cuando se determine durante la importación que la entrega de alimentos no cumple las disposiciones provisionales de la comida de importación de Palla, la autoridad importadora competente informará inmediatamente a la autoridad competente del exportador, a este respecto, y tomará medidas de conformidad con sus normas internas.
Las autoridades competentes de Pablo se informan de las medidas que restringen o prohíben la importación de alimentos y alimentos para animales de origen vegetal y mixto. Las autoridades competentes de Pablo intercambian las formas de certificados de salud veterinaria y fitosanitaria que acompañan las remesas a los Pauls e informan mutuamente de sus cambios. Las autoridades competentes de Pablo nombran a personas competentes para la cooperación y coordinación de actividades en materia de salud animal, fitosanitaria y seguridad alimentaria.
Moving Food Products
Las partes deben hacer esfuerzos concertados para facilitar la circulación de los productos alimenticios, a saber. Nuevos alimentos, alimentos para grupos de población específicos (alimentos para bebés y niños pequeños, alimentos para fines médicos especiales, sustitutos de una dieta diaria para personas con pérdida de peso dietético, suplementos dietéticos, alimentos para diferentes nutrientes (alimentos para intlerants al gluten, sustitutos de la sal para consumo humano, alimentos reforzados con vitaminas, minerales y otros alimentos - productos alimenticios relacionados, alimentos y alimentos - suplementos de gestión de alimentos
Los productos, según el párrafo de este artículo, pueden especificarse en un apéndice especial. Las autoridades competentes Paul se informan mutuamente de las condiciones para la importación de productos.
Movimiento de productos industriales no alimentarios
Las partes deben hacer esfuerzos concertados para impulsar el comercio bilateral, eliminar las barreras técnicas en el comercio de productos industriales no alimentarios, permitiendo la libre circulación de productos industriales no alimentarios de una manera que no limite el comercio internacional, garantizando al mismo tiempo el nivel requerido de seguridad de los productos y la protección de la vida humana y la salud, los animales y el medio ambiente.
Sobre la base de los Acuerdos ISO/IEC 6850 para el reconocimiento y aceptación de los resultados de la evaluación de la reforma y recordando la importancia de la condición de sus órganos siglas como signatarios del ELA con la Cooperación Europea de la Divulgación, las partes deben hacer esfuerzos concertados, con el fin de simplificar el procedimiento de certificado de transparencia, y también, la aceptación mutua de los informes de pruebas de los laboratorios acreditados, en relación con los productos no agrícolas Las partes pueden ampliar el alcance de la cooperación, en cuanto al objeto de la acreditación y el logro del objetivo y objeto de este memorando entrarán en vigor el día de la última notificación, mediante la cual los Pablos se informan mutuamente, de que se han completado sus procedimientos internos para la entrada en vigor del memorando.
Este memorando podría modificarse con el consentimiento mutuo de todas las partes. El memorando sigue vigente indefinidamente, a menos que una de las partes anuncie su intención de retirarse del Memorando.
En este caso, el memorando se completará 30 días después de la fecha del anuncio escrito.
Cualquier desacuerdo, que pueda surgir en la aplicación de este memorando, se resuelve mediante el consentimiento mutuo por conducto de las autoridades competentes de Paules.










