Dice la Constitución: Si Vetevendosje no puede hacer gobierno, otros pueden hacerlo.

Si la composición propuesta del Gobierno de Kurti no obtiene la mayoría de los votos necesarios en la Asamblea de Kosovo, después de 15 días de plazo constitucional, el presidente de la República de Kosovo, con arreglo al mismo procedimiento nombra al otro candidato, pero esta vez con el plazo constitucional sólo 10 días. Este procedimiento define la Constitución de la República de Kosovo y [...]
Si la composición propuesta del Gobierno de Kurti no obtiene la mayoría de los votos necesarios en la Asamblea de Kosovo, después de 15 días de plazo constitucional, el presidente de la República de Kosovo, con arreglo al mismo procedimiento nombra al otro candidato, pero esta vez con el plazo constitucional sólo 10 días.
La Constitución de la República de Kosovo define este procedimiento y esboza la decisión del Tribunal Constitucional, KO113/14, d. 1 de julio de 2014, donde el presidente puede proponer el mandato para formar el gobierno dos veces.
La primera vez es autoexplicativa y precisa con la decisión del Tribunal Constitucional, donde el presidente propone al candidato para primer ministro designado por el partido político o por la coalición que tiene el mayor número de escaños en la Asamblea y no tiene discriminación para rechazar el nombramiento de este candidato propuesto para primer ministro.
Pero si el primer candidato no obtiene suficientes votos, entonces el presidente tiene a su discreción para nombrar al próximo candidato para el primer ministro.
Por lo tanto, en caso de que el primer mandato no fuera del ganador nominal de las elecciones, el presidente pertenece a la Constitución para ordenar a otro candidato, que podría ser de cualquier partido que haya pasado el umbral del 5% en las elecciones parlamentarias.
Cabe destacar que el Tribunal Constitucional no descarta la decisión del presidente de otorgar al partido o a la primera coalición la oportunidad de proponer al segundo candidato para el primer ministro también.
En principio, en la segunda fase, sobre el nombramiento del mandato, la carga principal recae sobre el presidente, porque debe ser objetiva y neutral en esta carrera durante este proceso.
Para comprender mejor la interpretación de la interpretación del párrafo 4 del artículo 95 de la Constitución, el Tribunal Constitucional ha informado a algunos elementos que componen esta interpretación.
Tribunal Constitucional dice que este sub-...está en silencio sobre la cuestión de qué partido o qué coalición propone al nuevo candidato para primer ministro. A juicio de la corte, es a discreción del presidente de la República que, después de consultas con partidos y coaliciones, decida qué partido o qué coalición se le dará el mandato de proponer al próximo candidato para el primer ministro, sorteadox0 título.
En el sentido del poder irreputado en la toma de decisiones, se ejerce constitucionalmente si no excede los límites definidos en la Constitución y no es contrario a todas las normas jurídicas, así como si no viola principios fundamentales de justicia o de razón humana.
Pero la Ley del Tribunal Constitucional se entiende en cuatro categorías principales:
1. No debe descartarse que el presidente de la República pueda decidir conceder al mismo partido o coalición la oportunidad de proponer al otro candidato, que podría tener éxito en la formación del nuevo gobierno obteniendo los votos necesarios en la Asamblea.
2. El Tribunal Constitucional considera que el presidente de la República debe evaluar lo que es más probable para un partido político o una coalición para proponer al candidato a primer ministro, que recibirá los votos necesarios en la Asamblea para formar el nuevo gobierno.
3. El tribunal reitera que el párrafo 4 del artículo 95 de la Constitución exige que haya otro candidato para el primer ministro, pero deja abierta la cuestión de qué partido o coalición tendrá el mandato de proponer al candidato para el primer ministro.
4. Como, según la Constitución, el presidente de la República representa al Estado y la unidad del pueblo, es responsabilidad del presidente preservar la estabilidad del país y encontrar los criterios dominantes para formar el nuevo gobierno para evitar las elecciones.
Por segunda vez, todas las partes o coaliciones (preelesiones) representadas en la Asamblea serán iguales ante el presidente para convencerle de que son más propensos a formar gobierno.
Las mayores apuestas podrían determinarse según los criterios dominantes, que preservarían la estabilidad del país y evitarían las elecciones.











