Cars not allowed to be imported to Albania

Mañana viene la decisión de prohibir la importación de vehículos usados que se produjeron antes de 2009. La Dirección General de Aduanas pone de relieve las categorías para las que se aplicará esta decisión y no se aplicará. Esta decisión no se aplica a la importación de vehículos tempranos de interés histórico y [...]
La Dirección General de Aduanas pone de relieve las categorías para las que se aplicará esta decisión y no se aplicará.
Esta decisión no se aplica a la importación de vehículos tempranos con interés histórico y colección, como los vehículos producidos hasta diciembre de 1970, los vehículos introducidos como modelo de producción hasta el 31 de diciembre de 1970, a pesar del año actual de producción de un vehículo particular, vehículos, que presentan valores técnicos de museos o culturales, patrimonio tradicional y social, así como vehículos automotores importados de sujetos físicos y jurídicos con ayuda humanitaria, de conformidad con la legislación nacional que regula las donaciones y la ayuda humanitaria.
De conformidad con esta decisión, los vehículos importados a la República de Albania deben cumplir las condiciones técnicas relacionadas con las características funcionales de sus sistemas, equipo y usos técnicos, que deben corresponder a los instrumentos previstos de la manera siguiente. Estas condiciones se determinan con instrucciones del ministro responsable del transporte.
Con la entrada en vigor de esta decisión, se les permite registrarse por primera vez en el territorio de la República de Albania, vehículos y vehículos que cumplen las siguientes condiciones:
Las nuevas autoves de cero km que nunca se han registrado para la circulación en cualquier otro país, que cumplen con la tarifa Euro 5 de la Unión Europea;
Otros nuevos vehículos automotores, como motores, autobuses, camiones M2 y N1 categorías, cerokm y nunca registrados para la circulación en cualquier otro país, que cumplen con la tarifa Euro 5 de la Unión Europea;
Las automas utilizadas (todas las que no están a cero km y previamente registradas para la circulación de la calle en otro país que cumple la tasa de 4 euros) deben haberse producido no más de 10 años antes de la primera fecha de censo en Albania;
Otros vehículos automotores utilizados como motores, autobuses, camiones, M2 y N1 (todos los que son cortos de cero kilómetros y previamente registrados para la circulación de la calle en otro país que cumple con la tasa Euro 3) deben haberse producido no más de 15 años antes de la primera fecha del censo en Albania.











