MPB ha superado las competencias legales para cancelar la competencia del inspector

El ombudsman ha remitido el lunes al Primer Ministro Ramush Haradinaj, Ministro del Interior Flamur Sefaj, y Jefe Ejecutivo de la Inspección de Policía de Kosovo, Hilmi Mehmeti, con recomendaciones por decisión del IPK, de fecha 29 de diciembre de 2017, para cancelar el proceso de reclutamiento de inspectores, anunciado el 24 de julio....
El ombudsman ha remitido el lunes al Primer Ministro Ramush Haradinaj, Ministro del Interior Flamur Sefaj, y Jefe Ejecutivo de la Inspección de Policía de Kosovo, Hilmi Mehmeti, con recomendaciones por decisión del IPK, de fecha 29 de diciembre de 2017, para cancelar el proceso de reclutamiento de inspectores, anunciado el 24 de julio de 2017.
Según el informe del ombudsman, el caso se ha abierto bajo el deber oficial del ombudsman, con el objetivo de evaluar la decisión del ministro del MPB de suspender la firma de contratos con candidatos exitosos en el concurso de inspectores/investigadores de la Policía de Kosovo y la demanda de una anulación completa del procedimiento de reclutamiento.
En el razonamiento dado por el ministro del MPB para suspender la firma de contratos, se dice que la decisión se ha tomado debido a las numerosas quejas que él y el primer ministro han aceptado, por candidatos no seleccionados en el concurso en cuestión y se basa en el artículo 10 de la Ley No 03 L-128 para la auditoría interna, así como el párrafo 1 del artículo 9 subpárrafos 1.4, 1.5, y el artículo 16 de la Regla No 02/2011 para las áreas de responsabilidad administrativa. El ministro de la MPB no ha proporcionado ninguna aclaración sobre la implementación o incumplimiento de los procedimientos USA No.1/2017 en relación con las condiciones de empleo y trabajo para los empleados de la IPK, bajo los cuales se ha anunciado el concurso correspondientex1, se ha dicho el informe del Ombudsman.
En su informe, el ombudsman ha analizado el apoyo legal en el que se llama al ministro del MPB en el razonamiento dado y lo ha considerado poco realista en el caso concreto.
La acción del IKP se basa en la Ley de Inspección de Policía, que la define como la institución ejecutiva del MPB, independiente de la Policía de Kosovo, que opera bajo la autoridad del ministro y bajo el control y supervisión del jefe ejecutivo jefe del IPK (34), se dice en este informe.
Además, en su informe el Ombudsman ha estimado que la Ley de la IPK ha establecido una clara división entre las competencias del ministro y el jefe ejecutivo de la IPK y que, por lo tanto, éste es el sujeto responsable, que debería hacer posible el empleo de la organización del personal.
El ombudsman ha estimado que la solicitud del ministro del MPB de anulación del procedimiento finalizado constituye superar sus competencias legales, así como la decisión del jefe ejecutivo de anular el procedimiento, según la petición del ministro, constituye superar las competencias legales por parte del jefe ejecutivo y plantear un conjunto de cuestiones constitucionales y legales desde el punto de vista de los derechos humanos y el estado de derecho.
La autenticación del pueblo considera que con la anulación del procedimiento de reclutamiento se viola: El principio de legitimidad, artículo 4 (párrafos 1 y 2); El principio de objetividad e imparcialidad, artículos 7; El principio de expectativas legítimas y razonables, artículos 8; El principio de derecho en los medios legales, el artículo 13 establecido con la Ley de Procedimiento Administrativo General, que constituye los elementos principales de un proceso ordinario aplicadox1, se dice en el informe del Ombudsman.
En su informe, el ombudsman ha constatado que la decisión de anular el procedimiento de reclutamiento demuestra que las autoridades no son objetivas e imparciales durante el ejercicio de sus funciones, con el acuerdo de que ha habido interferencia en los derechos de los candidatos exitosos a establecer relaciones laborales, garantizados con el artículo 49 de la Constitución.